Artículo
16: la Sociedad, con sede y Foro en la Ciudad de Porto Alegre,
RS, Brasil, está también constituida por secciones regionales
y
nacionales de otros países de Latinoamérica. Cada país
puede crear grupos nacionales o regionales de trabajo para la Pesquisa
Neonatal y
el diágnostico de enfermedades metabólicas según
sus intereses respectivos. Su reconocimiento por parte de la Sociedad
será aprobado por la Asamblea General considerando el cumplimiento
de los requisitos que se establezacan al efecto.
Artículo
17: La Directiva de la Sociedad elaborará un proyecto de
requisitos para reconocer Grupos Nacionales y Regionales de Trabajo
en
este campo, el cuál será divulgado entre todos los miembros
con un plazo no menor de 60 días de antelación a la
siguiente Asamble donde
serán aprobados.