| Capitulo
XI |
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| Artículo 27: Bajo ninguna circustacia los socios responderan por el pago de ninguna obligacion social de la sociedad. Artículo
28: La Directiva promoverá una reunión periódica
de carácter científico, que coincidirá con la
Asamblea General Ordinaria y podrá ser Artículo
29: Se prohibe la remuneración de los cargos de la Directiva
y las Comisiones Permanentes y/o Transitorias aprobadas por la Artículo
30: Los casos omitidos en estos estatutos, así como las
violaciones a los mismos, serán resueltas por la Directiva,
cabiendo recurso a Artículo
31: Cualquier modificación de estos Estatutos, deberá
ser sometida a las Directiva que en 60 (sesenta) días, se pronunciará
por Artículo
32: Este estatuto podrá ser revisado y modificado por mayoría
absoluta de los socios presentes en la Asamblea General Ordinaria
del Artículo
33: Votado y aprobado el presente Estatuto en la Asamblea General
Ordinaria realizada el 23 de Octubre de 1996, rigiendo a partir de
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